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Por la aparición de casos de sarampión, el Gobierno de Canarias aprueba un nuevo calendario vacunal en el que también adelanta la triple vírica de los 15 a los 12 meses.
Por la aparición de casos de sarampión, el Gobierno de Canarias aprueba un nuevo calendario vacunal en el que también adelanta la triple vírica de los 15 a los 12 meses.
A propuesta de la Dirección General de Salud Pública, la consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, aprobó ayer miercoles un nuevo calendario para las vacunas en el que, con el fin de minimizar los efectos secundarios derivados de la vacuna de los seis años DTPa (difteria, tétanos y tos ferina acelular), se cambia por una de menor carga antigénica (dTpa) y que produce menos efectos adversos. Además, se adelanta la primera dosis de vacuna triple vírica de los quince a los doce meses por la aparición de casos de sarampión en la Comunidad.
Según señala la Consejería de Sanidad en un comunicado, "La aparición de nuevas vacunas frente a diferentes enfermedades junto a otras cada vez más inmunógenas y menos reactogénicas, y la modificación en el comportamiento epidemiológico de algunas enfermedades frente a las cuales en la actualidad se aplican vacunas han determinado la necesidad de cambiar el calendario vacunal infantil vigente".
Según el pediatra de la Unidad de Enfermedades Infecciosas del Complejo Hospitalario Universitario Materno-Insular, Jesús Poch, ha asegurado que la modificación del calendario es una buena noticia y añade una sugerencia. "Estamos detectando casos de tos ferina en niños menores y mayores de seis años, por lo que no estaría mal poner una dosis de la dTpa entre los doce y los catorce años".
La tos ferina, que puede ser grave en los bebés, es causada por la bacteria pertussis y contra ella se pone la vacuna de los seis años, hasta ahora la DTPa y a partir de este momento, la dTpa. "Yo estoy a favor de la vacunación, cuanto más, mejor. Si podemos evitar que un niño sufra una enfermedad, tenemos que hacerlo. Cuanto más inmunizada esté una población, más a salvo están los pequeños, porque alguien, seguramente adultos, le han pegado a estos niños la tos ferina", agregó el especialistas. "Nosotros hacemos análisis también a los padres para buscar la fuente de la infección".
Las reacciones adversas de la vacuna que ahora es sustituida son rojez, endurecimiento y dolor en la zona de la inyección, y algún episodio de hipersensibilidad, sobre todo, en las personas que han recibido múltiples dosis de recuerdo.
La segunda modificación introducida por Sanidad se refiere a que en los últimos meses se han registrado brotes de sarampión en España y en Canarias que han afectado a población susceptible (entre la que se encuentra la población menor de 15 meses de edad), lo que, como se ha dicho, ha impulsado a los responsables a adelantar la primera dosis de la vacuna Triple Vírica (Sarampión, Rubeola y Paperas) a los doce meses de edad en lugar de a los 15 meses del calendario vacunal anterior.
La Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de Salud distribuirá el próximo mes de septiembre folletos explicativos, carteles y calendarios de bolsillo en todos los centros de salud del archipiélago canario con el fin de dar a conocer con detalle los cambios en el Calendario Vacunal en la Orden de 7 de julio de 2011.
En cuanto al marco normativo, la Orden de 13 de septiembre de 1993, en su artículo 4, en su punto 2, determina que las enfermedades objeto de aplicación sistemática de vacunas, aparte de las referidas en el punto 1, serán aquellas que la Dirección General de Salud Pública determine en función de las diferentes circunstancias epidemiológicas y los recursos disponibles. De ahí que se hayan llevado a cabo estos cambios.
Según señala la Consejería de Sanidad en un comunicado, "La aparición de nuevas vacunas frente a diferentes enfermedades junto a otras cada vez más inmunógenas y menos reactogénicas, y la modificación en el comportamiento epidemiológico de algunas enfermedades frente a las cuales en la actualidad se aplican vacunas han determinado la necesidad de cambiar el calendario vacunal infantil vigente".
Según el pediatra de la Unidad de Enfermedades Infecciosas del Complejo Hospitalario Universitario Materno-Insular, Jesús Poch, ha asegurado que la modificación del calendario es una buena noticia y añade una sugerencia. "Estamos detectando casos de tos ferina en niños menores y mayores de seis años, por lo que no estaría mal poner una dosis de la dTpa entre los doce y los catorce años".
La tos ferina, que puede ser grave en los bebés, es causada por la bacteria pertussis y contra ella se pone la vacuna de los seis años, hasta ahora la DTPa y a partir de este momento, la dTpa. "Yo estoy a favor de la vacunación, cuanto más, mejor. Si podemos evitar que un niño sufra una enfermedad, tenemos que hacerlo. Cuanto más inmunizada esté una población, más a salvo están los pequeños, porque alguien, seguramente adultos, le han pegado a estos niños la tos ferina", agregó el especialistas. "Nosotros hacemos análisis también a los padres para buscar la fuente de la infección".
Las reacciones adversas de la vacuna que ahora es sustituida son rojez, endurecimiento y dolor en la zona de la inyección, y algún episodio de hipersensibilidad, sobre todo, en las personas que han recibido múltiples dosis de recuerdo.
La segunda modificación introducida por Sanidad se refiere a que en los últimos meses se han registrado brotes de sarampión en España y en Canarias que han afectado a población susceptible (entre la que se encuentra la población menor de 15 meses de edad), lo que, como se ha dicho, ha impulsado a los responsables a adelantar la primera dosis de la vacuna Triple Vírica (Sarampión, Rubeola y Paperas) a los doce meses de edad en lugar de a los 15 meses del calendario vacunal anterior.
La Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de Salud distribuirá el próximo mes de septiembre folletos explicativos, carteles y calendarios de bolsillo en todos los centros de salud del archipiélago canario con el fin de dar a conocer con detalle los cambios en el Calendario Vacunal en la Orden de 7 de julio de 2011.
En cuanto al marco normativo, la Orden de 13 de septiembre de 1993, en su artículo 4, en su punto 2, determina que las enfermedades objeto de aplicación sistemática de vacunas, aparte de las referidas en el punto 1, serán aquellas que la Dirección General de Salud Pública determine en función de las diferentes circunstancias epidemiológicas y los recursos disponibles. De ahí que se hayan llevado a cabo estos cambios.
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